Mención Internacional

El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, incluye entre sus objetivos la internacionalización y movilidad esenciales en este tipo de estudios. 

Como reconocimiento a la consecución de este objetivo, se establece la posibilidad de incluir en el anverso del título de doctor la mención de «Doctor Internacional». 

Requisitos

a) Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el director y autorizadas por la Comisión Académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando.
b) Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española.
d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

En el momento de realizar el depósito de la Tesis Doctoral, el doctorando deberá acreditar un nivel B2 de la lengua en la que defienda la Tesis, siempre y cuando sea diferente a su lengua materna (acuerdo del Comité de Dirección de la EDUAH del 13 de mayo de 2015). Este requisito será de obligado cumplimiento para los estudiantes que obtengan su admisión a partir del curso académico 2015-2016. En el enlace a la CRUE para los certificados de acreditación de niveles de idiomas se pueden consultar los certificados oficiales aceptados por la Universidad de Alcalá.

Documentación a entregar

En el momento del depósito de la tesis se entregará la siguiente documentación:

  • certificado de la realización de la estancia de investigación, que recogerá el período temporal durante el que se ha llevado a cabo la misma. (apartado a). En casos debidamente justificados, y siempre a criterio de la Comisión Académica, se puede autorizar que la estancia de investigación no sea en un periodo continuado de tiempo ni realizada en un mismo centro o institución. Así mismo, en caso de realizar varias estancias, al menos una de ellas tendrá una duración mínima de un mes. Si se realizasen varias estancias, cada una de ellas requerirá su certificado correspondiente.
  • informe final de la estancia, validado por el Director de Tesis, y aprobado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado. En el caso de que se realicen varias estancias, se deberá incluir en cada una de ellas.
  • Dos informes originales de los dos expertos doctores (apartado c). 

Los estudiantes que soliciten la mención internacional, tienen la opción de que la Universidad, a través de la Imprenta, financie gratuitamente la encuadernación de los tomos.

Se puede solicitar información en: http:/imprenta.uah.es/