Los certificados académicos que reflejen la situación del expediente académico, se expedirán previa solicitud del interesado, previo pago del precio público vigente en el momento de la solicitud.
En efectivo en cualquier sucursal del Banco Santander presentando dos ejemplares del recibo de liquidación. Después de pagar, se debe comunicar a: escuela.doctorado@uah.es
Mediante transferencia bancaria. Los datos bancarios son:
Número de cuenta - Banco Santander: 0049 / 6692 / 80 / 2116216042.
CODIGO IBAN ES85 0049 6692 8021 1621 6042 SWIFT BSCHESMM
Calle Libreros, 19. 28801 - Alcalá de Henares (Madrid).
El importe que se debe ingresar es el que figura en el recibo. Los gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria deben asumirse por el interesado y no podrán aminorar el importe del precio público del certificado.
En el justificante de la transferencia se incluirá:
Nombre y apellidos del estudiante.
El concepto. Ej.: Certificado académico del Programa de Doctorado en ...
Una vez efectuado el pago, se tiene que remitir el justificante de la transferencia a escuela.doctorado@uah.es
Importante: No se iniciará el trámite del certificado si la cantidad transferida es inferior al precio del documento solicitado.
Si se ha pagado mediante ingreso en efectivo, plazo máximo de diez días a contar desde que se presenta el recibo pagado en la Escuela de Doctorado.
Si se ha pagado mediante transferencia bancaria, plazo máximo de diez días a contar desde la fecha de comprobación del ingreso realizado. En el caso de que las comisiones y gastos bancarios hayan aminorado el importe del certificado académico, se reclamará la cantidad pendiente y el plazo de expedición del certificado se contará a partir de la fecha en que el pago se haya completado.
La Universidad de Alcalá expide certificados académicos que incorporan firma electrónica y código seguro de verificación. El documento se genera en formato PDF y se enviará, única y exclusivamente, por correo electrónico con objeto de que el/la interesado/a pueda guardarlo en sus carpetas personales. Siempre tendrá la condición de documento original por lo que desaparece la necesidad de solicitar copias compulsadas del mismo.
La denominación del título de Doctor será “Doctor/a por la Universidad de Alcalá”. Así mismo, se incluirá la información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral.
El título de Doctor/a tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y faculta al estudiante para disfrutar los derechos que a este título otorgan las disposiciones vigentes.
El título de Doctor/a podrá incluir en su anverso, las siguientes menciones, siempre que en la defensa de la tesis se hayan cumplido los requisitos establecidos para ello:
Una vez defendida la tesis, recibida la documentación del tribunal y resuelta la Calificación de la Mención Cum Laude, se procederá al cierre del expediente académico y se podrá solicitar el título, transcurridos 15 desde la comunicación del resultado de la Mención Cum Laude.
Se expedirá cuando se solicite, previo pago del precio público (PDF) vigente en el momento de la solicitud.
Para las gestiones relacionadas con esta solicitud es necesario un usuario y contraseña, si no se dispone de ellos hay que, pinchar aquí.
Cuando esté expedido, se le comunicará a la dirección de correo electrónico que figura en el expediente. Se podrá retirar:
En la Escuela de Doctorado: previa petición de cita pulsando aquí
Si se reside en una Comunidad Autónoma distinta a la de la Universidad o en el extranjero se puede solicitar, previo pago del precio establecido por la Universidad, la remisión del título a través del Área de Alta Inspección de Educación u Oficinas de Educación de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, respectivamente, de la Comunidad Autónoma en la que se solicite retirar tu título, o a través de la Representación Diplomática de España en el país de que se trate.
El interesado podrá solicitar, desde el momento que abone los correspondientes derechos de expedición del título, una certificación supletoria provisional que sustituirá al título, en tanto no se produzca su expedición material; esta certificación supletoria tiene idéntico valor que el título, pero la vigencia es de un año desde la fecha de emisión. Esta certificación se firma por el Rector y surte los mismos efectos que el título, sin que conlleve coste alguno.
Se tendrá que cumplimentar el Impreso de solicitud: Solicitud de Certificación Supletoria del Título (PDF) y enviar a tesisdoctorales@uah.es
En caso de que se vaya a legalizar dicha certificación y el plan cursado esté regulado por los RD 56/2005 y RD 1393/2007, la certificación supletoria estará disponible en el plazo aproximado de un mes a partir de su solicitud. Solicitud de Certificación Supletoria del Título (PDF)
Se debe comunicar el extravío o robo por correo electrónico a tesisdoctorales@uah.es . La Escuela de Doctorado se encargará de tramitarlo a la Sección de Títulos para su publicación del anuncio en BOE.
Una vez transcurrido el plazo de un mes desde la publicación del anuncio en el BOE, se podrá solicitar el duplicado al correo electrónico de tesisdoctorales@uah.es . La Escuela de Doctorado enviará al interesado el recibo para realizar el pago. Una efectuado este se remitirá, al correo mencionado, el justificante de pago, el anuncio publicado en el BOE y copia legible de ambas caras y en vigor del DNI (los ciudadanos españoles), pasaporte o NIE (los ciudadanos extranjeros).
Se solicitará el duplicado del título al correo electrónico de tesisdoctorales@uah.es . La Escuela de Doctorado enviará al interesado el recibo para realizar el pago. Una vez efectuado este se remitirá, al correo mencionado el título original deteriorado, el justificante de pago, una copia legible de ambas caras y en vigor del DNI (los ciudadanos españoles), pasaporte o NIE (los ciudadanos extranjeros).
Una vez recibida la documentación indicada se procederá a tramitarlo a la Sección de Títulos.
A través de este servicio se pueden consultar los títulos universitarios oficiales españoles de los que se es titular y, si se desea, generar códigos de autorización para que terceros también puedan consultarlos.
Las solicitudes para la declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior al nivel académico de Doctor se deberá presentar en la Escuela de Doctorado, de acuerdo con que establece el Reglamento aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 25 de junio de 2015. Modelo de impreso
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