A la hora de realizar los estudios de doctorado, los estudiantes tienen la posibilidad de optar por una dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial, previa autorización de la Comisión Académica responsable del programa.
A principios de cada curso académico, en el momento de renovar la matrícula, se podrá solicitar la modificación de su modalidad de estudios. El cambio de tiempo parcial a tiempo completo será automático, previa solicitud del doctorando presentada en la Escuela de Doctorado. Sin embargo, el cambio de tiempo completo a tiempo parcial deberá ser autorizado por la comisión académica del programa, previa justificación por parte del doctorando de las razones para ello.
Quienes alternen periodos a tiempo completo con periodos a tiempo parcial dispondrán de cuatro años desde la admisión al programa hasta la presentación de la tesis doctoral.
Primera prórroga
Si estando próximo el plazo establecido no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión responsable del programa podrá autorizar una primera prórroga cuya extensión depende de la modalidad de estudios:
Para solicitar está primera prórroga, el doctorando, una vez comprobado que su periodo de permanencia se va a cumplir próximamente y que no va a poder depositar la tesis doctoral en el plazo establecido, debe enviar la solicitud a la Comisión Académica de su programa de doctorado, con el visto bueno de su director o directores.
Prórroga excepcional
Excepcionalmente, la primera prórroga podría ampliarse por otro año adicional en todas las modalidades de estudios. Para ello, el doctorando debería haber finalizado el proceso de investigación objeto de la Tesis Doctoral.
Para solicitar esta prórroga excepcional el doctorando deberá dirigir la solicitud al/ a la Vicerrector/a con competencias en materia de doctorado, adjuntando un informe razonado con el visto bueno de su director o directores de Tesis.
Cronograma de los estudios de doctorado
A los efectos del cómputo de los plazos anteriores no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.
Bajas
El doctorando podrásolicitar su baja temporal en el programa por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la Comisión Académica responsable del programa, que se pronunciará sobre la procedencia de acceder a lo solicitado por el doctorando.
Asimismo, el doctorando podrá solicitar su baja definitiva voluntaria del programa de doctorado en cualquier momento. Si, posteriormente, deseara reingresar en el mismo programa, deberá tener en cuenta lo siguiente:
Si la baja definitiva voluntaria se produce antes de la primera evaluación anual, el estudiante podrá solicitar el reingreso al mismo programa de doctorado, mediante un escrito al/ a la Vicerrector/a con competencias en materia de doctorado, que deberá venir avalado por la comisión académica del programa. En el caso de la solicitud se resuelva favorablemente, el anterior periodo de estancia en el programa no será tenido en cuenta a efectos del cómputo de la permanencia en el programa de doctorado. Asimismo, el doctorando podrá mantener su anterior director, tutor, Documento de actividades y Plan de investigación.
Si la baja definitiva voluntaria se produce después de la primera evaluación anual, el estudiante no podrá volver a solicitar admisión en el mismo programa hasta pasados tres cursos académicos, y este trámite solo podrá iniciarse si no se tiene deudas pendientes con la Universidad. No obstante, podrá ser admitido en otro programa de la Universidad de Alcalá, con la consideración de nuevo doctorando.
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